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Un tribunal de Luxemburgo ha dictaminado -y el verbo fallar puede ser ambiguo aquí- que una ley de amnistía dirigida a los separatistas catalanes no viola la ley europea. La sentencia establece que “en los ámbitos de los que es responsable un Estado miembro, su control “Se limita a problemas sistémicos de esta magnitud”. Es decir, como Pilato, se lava las manos ante los conflictos que las normas puedan crear en el orden interno. Es en España donde la inmunidad retroactiva concedida a Puigdemont y sus compañeros entra en conflicto con el derecho nacional según los estándares de la mayoría de los juristas, especialmente el Tribunal Supremo, que respalda la asunción del jefe del Gobierno.

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