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Yakarta, CNN Indonesia

Tribunal Constitucional (MK) establece un mecanismo de dos ciclos Derechos de cultivo (HGU), los derechos de uso de edificios (HGB) y los derechos de uso (HP), cuyos plazos pueden alcanzar los 190 años para HGU y los 160 años para HGB y HP, según lo dispuesto en la Ley de Capital Nacional (UU IKN), no tienen fuerza jurídica vinculante.

El Tribunal Constitucional estimó parte de la petición en el caso número: 185/PUU-XXII/2024 con los demandantes Stepanus Febyan Babaro (Empleado privado) y Ronggo Wasito (Comerciante) quienes probaron la constitucionalidad de las normas del artículo 16A párrafo 1, párrafo 2, párrafo 3 de la Ley 21/2023 relativa a la Segunda Modificación de la Ley 3/2022 relativa a IKN.

“Se concede en parte la petición de los peticionarios”, dijo el presidente del Tribunal Constitucional, Suhartoyo, al leer el veredicto en la sala del tribunal de MK, el jueves (13/11).


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El juez constitucional M. Guntur Hamzah dijo que el fondo de la petición se reduce a una cuestión, a saber, la concesión de derechos a la tierra (HAT) en el área de IKN durante un largo período de tiempo en dos ciclos, de modo que supere con creces lo determinado por la Ley de Reforma Agraria (UUPA).





Guntur dijo que la cuestión está relacionada con la constitucionalidad de las normas del artículo 22 de la Ley 25/2007, que fue resuelta en la decisión número: 21-22/PUU-V/2007 del 25 de marzo de 2008, que fue declarada condicionalmente inconstitucional.

La decisión enfatiza que debe haber una evaluación continua del otorgamiento, extensión y renovación de derechos. Dijo que sería imposible que el Estado llevara a cabo una evaluación si el HAT se otorgara durante un largo período de tiempo.

“Esto implica que la autoridad de control del Estado, que aún debería existir para llevar a cabo acciones de supervisión (toezichthoudensdaad) y gestión (beheersdaad), se verá reducida o incluso obstaculizada porque las evaluaciones no están reguladas”, añadió.

Guntur dijo que con la evaluación confirmada en la decisión del Tribunal Constitucional número: 21-22/PUU-V/2007, el gobierno puede detener, cancelar o retirar el HAT que se ha otorgado si resulta que el titular de los derechos, incluidos los inversionistas, ha descuidado la tierra, es perjudicial para el interés público, el uso o explotación de la tierra no está de acuerdo con la intención y el propósito de otorgar derechos sobre la tierra, y viola las disposiciones de las leyes y regulaciones en el sector de la tierra (lo principal es UUPA).

Destacó que la UUPA regula la propiedad de la tierra para que toda la tierra en el territorio de la República de Indonesia se utilice en la medida de lo posible para la prosperidad del pueblo, tanto individualmente como en cooperación mutua.

“Aunque la UUPA está en vigor desde 1960, en esencia pretende seguir los intereses del pueblo indonesio de satisfacer sus necesidades según la demanda o la evolución actual en todos los asuntos relacionados con cuestiones agrarias”, subrayó.

Guntur agregó que el artículo 16A y la Aclaración al artículo 16A de la Ley 21/2023 crean normas ambiguas que tienen el potencial de ser mal interpretadas, aunque existen disposiciones que establecen que la adjudicación se basa en criterios y evaluación.

“Esta disposición es incompatible o debilita la posición del Estado en el control de HAT según lo previsto en el artículo 33, apartado 3 de la Constitución de 1945”, dijo.

Por esta razón, el Tribunal Constitucional afirmó que el párrafo 1 del artículo 16A de la Ley IKN es contrario a la Constitución de 1945 y no tiene fuerza jurídica vinculante mientras no se interprete “En el caso de un HAT acordado según lo previsto en el párrafo 7 del artículo 16 en forma de derecho de uso comercial, el derecho se otorga por un máximo de 35 años; la extensión del derecho es por un máximo de 25 años; y la renovación del derecho es por un máximo de 35 años en base a criterios y etapas de evaluación.

Luego afirmó que el artículo 16A, párrafo 2 de la Ley IKN es contrario a la Constitución de 1945 y no tiene fuerza jurídica vinculante mientras no se interprete “En el caso de HAT, que se acuerda según lo previsto en el artículo 16, párrafo 7, en forma de derechos de uso de edificios, los derechos se otorgan por un máximo de 30 años; los derechos se extienden por un máximo de 20 años; y los derechos se renuevan por un máximo de 30 años según criterios y etapas de evaluación.

Además, afirma que el párrafo 3 del artículo 16A de la Ley IKN es contrario a la Constitución de 1945 y no tiene fuerza jurídica vinculante mientras no se interprete: “En el caso de HAT que se acuerda según lo previsto en el párrafo 7 del artículo 16 en forma de derechos de uso, los derechos se otorgan por un máximo de 30 años; los derechos se prorrogan por un máximo de 20 años; y los derechos se renuevan por un máximo de 30 años según criterios y etapas de evaluación.

“Declarar que la explicación del artículo 16A, párrafos 1, 2 y 3 de la Ley IKN es contraria a la Constitución de 1945 y no tiene fuerza jurídica vinculante”, dijo Suhartoyo.

La decisión en este caso estuvo marcada por diferencias de opinión u opiniones disidentes de tres jueces constitucionales, a saber, Anwar Usman, Daniel Yusmic P. Foekh y Arsul Sani. Durante el juicio no se leyeron los detalles de las diferentes opiniones mencionadas.

(fra/ryn/fra)


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