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Yakarta, CNN Indonesia

La práctica de informar el valor de las mercancías que no coincide o se subfactura en las actividades de exportación e importación es ahora una seria preocupación para las autoridades aduaneras.

Este fenómeno volvió a ponerse de relieve después de que el Ministro de Finanzas (Menkeu), Purbaya Yudhi Sadewa, revelara las conclusiones de un caso que logró aumentar significativamente los ingresos estatales.

Purbaya compartió la experiencia del equipo de Aduanas e Impuestos Especiales de Tanjung Perak que logró corregir el valor en aduana de un contenedor.

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El caso comenzó cuando bienes que se consideraban bastante sofisticados sólo se declararon por un valor de alrededor de 7 dólares estadounidenses o el equivalente a Rp. 116.406 (suponiendo un tipo de cambio de 16.631 rupias). Después de un control en profundidad, se volvió a determinar que el valor de la mercancía se acercaba a los 500.000 IDR por unidad.



Esta corrección generó ingresos estatales adicionales que, según Purbaya, alcanzaron los 220 millones de IDR por contenedor.

“A partir de ahí podemos obtener un impuesto de importación adicional de 220 millones de IDR, si no me equivoco, de ese contenedor. Más tarde los demás también serán inspeccionados y sujetos al mismo (tratamiento). No está mal obtener ingresos adicionales”, explicó Purbaya.

Entonces, ¿qué sanciones aguardan a los autores de subfacturación?

La subfacturación es la práctica de informar el valor de los bienes por debajo de su precio real. El principal objetivo de esta práctica es minimizar el pago de los Derechos de Importación (BM) y del Impuesto de Importación (PDRI), de modo que pueda perjudicar al erario estatal.

Las normas que rigen las sanciones a los importadores que se demuestre que han subfacturado están reguladas explícitamente en la Ley Número 17 de 2006 sobre Aduanas. Según esta disposición, las sanciones para los autores de infracciones del valor en aduana se centran en la imposición de multas administrativas bastante importantes.

El párrafo 4 del artículo 16 de la Ley estipula que los importadores pueden estar sujetos a una multa de al menos el 100 por ciento del derecho de importación pagado de menos. Sin embargo, estas sanciones pueden incrementarse mucho más. En determinados casos, las multas administrativas pueden llegar incluso al 1.000 por ciento del pago insuficiente del derecho de importación.

Esta sanción se impone después de que Aduanas e Impuestos Especiales realiza un nuevo examen y determina el valor en aduana correcto, y el importador debe pagar el pago insuficiente más la multa especificada.

Además de las sanciones financieras, Purbaya también expresó la necesidad de cumplimiento y firmeza en la aplicación de las regulaciones. Ha dado instrucciones a los funcionarios de Aduanas para que recuerden a los importadores que siempre realicen declaraciones y pagos de acuerdo con las regulaciones oficiales.

Lo que más se destaca son las sanciones para los infractores que repitan la práctica de subfacturación. El Tesorero del Estado amenazó con imponer una prohibición de las actividades de importación a las empresas que hubieran violado repetidamente esta norma.

“Los importadores deben declarar y pagar de acuerdo con las normas oficiales. Si esto vuelve a suceder, prohibiremos las importaciones. No lo intenten”, dijo Purbaya.

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(del/pta)


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