Las organizaciones de consumidores de toda Europa han expresado gran preocupación por la reforma de la protección de los derechos de los consumidores. Artículo 261 sobre los derechos de los pasajeros aéreos. El miedo entre estos grupos es tan grande que incluso en operaciones coordinadas por el gobierno, Organización Europea de Consumidores (BEUC)envió una carta conjunta a los ministerios de los Estados miembros y a los eurodiputados de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y de la Comisión de Transportes y Turismo del Parlamento Europeo, solicitando reconsiderar algunos aspectos Estas sugerencias, especialmente en lo que respecta Compensar a los pasajeros en caso de cancelaciones y retrasos.
Por último, parece probable que estos cambios se confirmen en la sesión plenaria del Parlamento Europeo del próximo mes de julio. No habrá tal impacto negativo en los pasajeros aéreos.. Sin embargo, algunos aspectos representan una restricción de derechos. “Empeoran las regulaciones existentes”, Organización de Consumidores y Usuarios (OCU)Su crítica se centra principalmente en tres aspectos.
primero, ““Se permiten cargos por equipaje de mano y ahora están incluidos en el precio final del billete.”. “Si bien se permite excluirlo renunciando a él durante el período del contrato, esta decisión reconocerá los cargos actuales de la aerolínea. “bajo costo”Según la OCU, el recargo medio es de 56 euros, lo que fue sancionado recientemente por el Ministerio de Consumo.
La organización también destacó que a pesar de que la inflación se acumula año tras año, las indemnizaciones no se actualizarán en caso de retrasos o cancelaciones: “Las cantidades acordadas hace 13 años siguen siendo las mismas, entre 250 y 600 euros para vuelos con un retraso de al menos 3 horas. Esto es difícil de entender si se tiene en cuenta que el IPC de la eurozona ha aumentado un 34% acumulado desde que comenzaron las negociaciones para renovar el acuerdo en 2013″.
Finalmente, la OCU denunció: “Las aerolíneas no proporcionarán un mecanismo de reclamos automatizado y simplificadocon formularios precargados o al menos enlaces a ellos.
Sin cláusulas de “ausencia”
Sin embargo, la OCU también está evaluando activamente otras medidas para mejorar la normativa actual, como “mantener el umbral actual para tener derecho a una compensación por un retraso de llegada de tres horas y equipararlo a una cancelación de vuelo” o La cláusula de prohibición se llama no apareció“Si los pasajeros no utilizan su vuelo de ida, se les impedirá utilizar el vuelo de regreso”.
Las aerolíneas también están obligadas a “Comunicar a los pasajeros de forma clara y comprensible sus derechos a una indemnización de hasta cuatro días en caso de accidente”.
Además, las nuevas regulaciones también hacen Se presta especial atención a pasajeros con discapacidad, mujeres embarazadas y niños en cochecitos.: “Estos pasajeros tendrán prioridad en el embarque y sus acompañantes podrán sentarse junto a ellos sin coste adicional”.
Las aerolíneas también deben “cEspecificar qué se consideran circunstancias especiales, limitándolas a aquellas que superen las previsiones de la empresa. y no son inherentes a sus servicios (aunque pueden serlo las huelgas del personal de las aeronaves), ya que invalidarían una posible compensación.