El juez que investiga la muerte de Haitam Mejri durante una intervención policial en Torremolinos el pasado 7 de diciembre ha cerrado la investigación, dijeron fuentes judiciales. El escrito aún no ha sido formalizado y se ha interpuesto recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga.
El juez concluyó, basándose en un reciente informe del Instituto de Medicina Legal, que la muerte del hombre de 35 años se debió a “delirio ansioso por una cardiopatía patológica provocada por el consumo de una sustancia tóxica”.
Según vídeos grabados esa tarde y difundidos por elDiario.es (dos del lugar de los hechos y dos de cámaras relacionadas con Taser), Haitam Mejri fue electrocutado entre siete y once veces con entre 1.000 y 2.000 voltios, golpeado, rociado con gas pimienta y, tras entrar en la habitación para pedir un cargador de teléfono, presiones en las piernas y el torso que le dejaron incapaz de moverse.
Dos informes contradictorios
La familia insiste en que las imágenes muestran un uso excesivo de la fuerza, con seis agentes excediendo conscientemente sus límites al intervenir, lo que podría incluso equivaler a un asesinato.
La familia del fallecido aportó un informe redactado por Aitor Curiel, perito jurídico y forense y presidente de la Asociación Española de Medicina Legal y Forense, que concluía que la muerte no se habría producido en el lugar sin la intervención policial, como lo hizo, y documentaba 86 lesiones en el cuerpo.
También proporcionó un contrainforme que refutaba las conclusiones del IML sobre la correlación del consumo de drogas, afirmando que “en ausencia de una dosis letal en la sangre, las acciones de los agentes de policía emergieron como el factor más claro, objetivo y consistente en cuanto a la causa de la muerte, superando cualquier riesgo planteado por el consumo recreativo previo”.
El juez de instrucción no vio nada de esto y atribuyó la muerte a un “delirio de excitación” provocado por el consumo de cocaína, agravado por lesiones en las arterias coronarias (hasta ahora desconocidas por la familia), que podían provocar una muerte súbita por parada cardiopulmonar.
Según los expertos forenses, Hightam padecía delirio agitado, que se caracteriza por “cambios agudos en el estado mental”, así como por “agitación psicomotora extrema, hiperactividad autonómica y pérdida del control del comportamiento”. El delirio de agitación es un diagnóstico no reconocido por la Organización Mundial de la Salud ni por las principales sociedades psiquiátricas y es muy controvertido debido a su amplio espectro de características y su uso en el diagnóstico de muertes durante la intervención policial.
Recurso ante la Audiencia Provincial
El auto de archivo consideró que la autopsia realizada por el IML era más concluyente que el informe de autopsia presentado por las partes, que según fuentes judiciales era “no concluyente, basado en suposiciones e incompleto al no analizar algunos restos y fluidos corporales de la víctima”.
Por lo tanto, el juez confirmó su decisión en febrero, cuando presentó una solicitud para esperar los resultados de la autopsia del IML, negándose a someterse a cualquier otro procedimiento.
La familia no pudo recurrir la decisión en su momento, por lo que los abogados presentaron una denuncia contra el juez ante el Consejo General del Poder Judicial, alegando que el juez vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva. En su denuncia argumentan que no se han llevado a cabo diligencias potencialmente necesarias, como la obtención de declaraciones de los propios agentes de policía (ya sea como testigos o como investigados) o la identificación de testigos.
Respaldado también por los estándares de la Fiscalía, el juez no había realizado ninguno de estos trámites en los últimos tres meses y presentó la solicitud dos días después de recibir el informe del IML.
Fuentes judiciales explicaron que el procedimiento será remitido próximamente a un juzgado de Málaga, donde un magistrado de lo penal decidirá si el escrito es firme o, por el contrario, ordenará una investigación judicial para continuar determinando si existe responsabilidad penal.