71407165-d406-4046-867c-12f82f4c5195_facebook-watermarked-aspect-ratio_default_0.jpg

El juez Dana ha parado a la asociación ultraconservadora HazteOir, que ejerció uno de los cargos del caso y pidió llamar como testigo al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para declarar que se escondía detrás de los mensajes de WhatsApp intercambiados con Carlos Marzon la noche del 29 de octubre de 2024, el trágico día en el que murieron 230 personas. Hazte Oir formuló su petición inmediatamente después de que el juez de instrucción aceptara llamar a declarar como testigo a Alberto Núñez Feijóo. Feho dijo que incluso en vísperas de la donación, Masson le informó del desastre en “tiempo real”.

Sin embargo, la magistrada insistió en un auto emitido el lunes que “se trata de una mera especulación que no puede sustentarse en paralelismos ni como respuesta a una declaración previamente concertada de sus oponentes políticos el 12 de diciembre de 2025 (la solicitud fue realizada al día siguiente). Tal especulación no puede sustentar la práctica de la debida diligencia testimonial, ni puede sustentar una oferta de información o comunicaciones”.

También ha recordado que la responsabilidad de la gestión de emergencias “recae exclusivamente en la Generalitat Valenciana”. El mentor argumentó que el testimonio de Sánchez presentado por HazteOir fue “manifiestamente inapropiado”.

El auto establece: “Las afirmaciones sobre posibles intercambios de comunicaciones e información entre el Presidente del Gobierno y el Presidente del Parlamento se basan puramente en especulaciones sobre las declaraciones anteriores y no están respaldadas por nada y no pueden justificarse mediante testimonios de testigos”.

La asociación ultraconservadora se refirió a un mensaje enviado por Pedro Sánchez a Carlos Mazón a las 22.50 horas. “Cuando regresó de la India, estuvo allí unos días en visita oficial”.

Sin embargo, la resolución garantiza que el momento en que se intercambia información en las reuniones del Centro Integrado de Coordinación de Operaciones (Cecopi) es “completamente diferente al momento en que se lleva a cabo el proceso de toma de decisiones”.

“En definitiva, la prueba puede ser un análisis de hechos ocurridos con posterioridad al hecho, posterior al momento que formó el objeto de la investigación”, añadió el juez. Además, el juez ha recordado que “no hay pruebas” de que Sánchez “a diferencia de Núñez Fejo” fuera “informado en tiempo real por Masson” y “por tanto los supuestos son claramente diferentes”.

Referencia

About The Author

UNTD UNTD UNTD UNTD UNTD UNTD