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La audiencia nacional confirmó la pena de un año de prisión para un activista de extrema derecha que lanzó un ataque informático a la web del PSOE en 2023. El juez consideró que ello demostraba que había cometido daños informáticos al realizar “llamadas masivas y generalizadas” para destruir los servidores del partido y proporcionar herramientas técnicas para ello. El juzgado también le condenó a pagar una indemnización de 40.376,75 euros al PSOE, según la sentencia del Juzgado de lo Penal Central y de la Sala de lo Penal, recogida por El País y obtenida por elDiario.es.

Los incidentes se remontan a noviembre de 2023, cuando la Sede Federal Socialista en la madrileña calle Ferraz se convirtió en objeto de protestas tras la firma de un acuerdo de investidura entre el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) y Junts, así como una ley de amnistía para los líderes del procés. El 7 de ese mes, el condenado difundió dos mensajes a través de Internet

En el primer mensaje, emitido a las 14.42 horas, se llamaba a atacar páginas web relacionadas con el gobierno español. “Buen samaritano, sería de mucha ayuda si pudieras enviar esto a más personas, hemos desarrollado una herramienta para atacar y protestar contra el gobierno” (sic), escribió. Además se incluye un enlace guion o herramientas diseñadas para realizar un gran número de solicitudes a dichas páginas web. En una segunda carta publicada a las 21.19 horas, se hacía eco del llamamiento y denunciaba que el “apoyo del pueblo español” había provocado el cierre de la web del PSOE.

Menos de diez minutos después, la empresa responsable de gestionar la infraestructura del sitio web del partido detectó anomalías en el servidor que aloja el sitio y se vio obligada a suspender el servidor para evitar daños al propio dispositivo y a su contenido.

Durante el juicio, el propio acusado “admitió” que “incitaba sistemáticamente a los usuarios de Internet a desfigurar los sitios web del Partido Socialista y ayudaba guion Él mismo describió que todos los usuarios que entraban en la página eran como si hubieran entrado en la página del PSOE” y “reconoció que se produjo la saturación de los servicios del PSOE”, incluida la resolución del Juzgado de lo Penal de 20 de noviembre del año pasado. Esta sentencia confirma una decisión anterior del Juzgado de lo Penal Central.

Los jueces subrayaron que la coordinación de la disrupción digital iba más allá de los límites de la protesta política legítima. Recuerdan también que los principios tanto del Tribunal Supremo como del Constitucional establecen que existen límites a la libertad de expresión y “hay líneas rojas que no se pueden traspasar” cuando se trata de mensajes amenazantes o intimidantes.

“No se trata de expresiones, frases o palabras aisladas, sino de conductas dolosas, que no se llevaron a cabo de forma espontánea sino que fueron una repetición de tuits publicados en redes sociales y fueron producidas y publicadas de forma deliberada, voluntaria, reflexiva y consciente por el acusado en las redes sociales”, sostuvo la Audiencia Nacional.

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