El pleno del Tribunal Constitucional rechazó suspender la inhabilitación de Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa por su proceso El Tribunal Supremo decidió no aplicar la ley de amnistía a sus condenas por corrupción. El Tribunal Constitucional, que se pronunciará en los próximos meses sobre el fondo del recurso de amparo interpuesto por los cuatro contra la sentencia del Tribunal Supremo, consideró que pronunciarse ahora sobre la suspensión de la inhabilitación implicaría un juicio de amparo más temprano y que no había motivos urgentes para justificarlo bajo los tres autos aprobados.
Cuatro líderes independentistas fueron condenados a más de 12 años de prisión por cargos de corrupción e inhabilitados para participar en el proceso de independencia, que culminó con el referéndum inconstitucional del 1 de octubre de 2017 y la posterior declaración de independencia. Luego de aprobada la ley de amnistía, la Corte Suprema decidió que no se aplicaba a los delitos de corrupción y confirmó la inhabilitación. Por lo tanto, las cuatro personas pidieron protección. Además, solicitaron al Tribunal Constitucional suspender temporalmente la inhabilitación hasta que se pronuncie sobre el fondo del recurso, pero el Tribunal de Salvaguardias rechazó hoy esa solicitud en tres autos, con el presidente del Tribunal, Cándido Conde-Pompido, y los magistrados José María Macías y César Tolosa entre los ponentes.
Condenado en los siguientes casos proceso, El Tribunal Supremo dictaminó el año pasado que no era apropiado aplicar la amnistía a los delitos de corrupción porque, en su opinión, la propia ley los excluía al excluir “intereses personales de carácter patrimonial”. La Corte Suprema sostuvo que, si bien los líderes independientes no ganaron financieramente, sí lo hicieron al financiar proyectos financiados de forma privada (independientes) con dinero público, en el sentido de que no pusieron sus manos en ello.
El Recurso de Protección cuestiona esta interpretación y el Tribunal Constitucional debe decidir si va más allá de los principios de la ley de amnistía que el propio Tribunal Constitucional aprobó el pasado mes de junio, pero el Tribunal Constitucional se ha negado ahora a decidir sobre la recusación porque implicaría un “sentimiento anticipado” sobre el fondo del caso. Además, sostuvo que no suspender la ejecución de ninguna manera causaría un “daño irreparable” a los recurrentes dado que sus apelaciones se habrían resuelto más rápidamente dadas las sentencias más largas y el hecho de que les quedaban más de cinco años para cumplir.
En su recurso, los políticos independentistas argumentaron que la sentencia del Tribunal Supremo violaba varios de sus derechos fundamentales, incluido el derecho a la participación política. El hecho de que todavía no haya elecciones y, por tanto, que no haya posibilidades concretas e inmediatas de participación, también explica en parte la decisión actual del Tribunal Constitucional de confirmar la inhabilitación.