La Sala de Casación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado Condenado a nueve años de prisión impuesto por las cortes de valencia Un educador violó a una joven mientras estaba bajo protección del gobierno.
El fallo simplemente anuló la decisión de la justicia provincial de imputar al condenado las costas procesales derivadas de cargos privados, ya que esto último no fue exigido expresamente en su momento.
La víctima es Diagnosticado con trastorno límite de la personalidad y al no tener familia, fue declarada situación indefensa El tribunal lo juzgó por precaución en agosto de 2017, cuando tenía 20 años.
El gobierno autónomo asume entonces su custodia temporal.
En 2018, la joven empezó a vivir en un piso tutelado en Valencia, donde conoció al acusado, que era el director de la residencia.
Al año siguiente comenzaron una relación amistosa y afectuosa y tuvieron relaciones sexuales.
Allá por abril de 2021, ante su buen desarrollo, la niña se mudó a la casa del propio educador, la cual se encuentra en un pequeño poblado del cinturón capitalino, aunque todavía está en la escuela. Bajo la supervisión y control de un servicio de tutela de adultos.
Ese mismo mes, el imputado agredió sexualmente a la joven cuando esta se encerró en el baño y comenzó a lastimarse con un cuchillo, así lo confirmó un comunicado emitido por la Sala Quinta de la Audiencia Nacional de Valencia.
En octubre del año pasado, el tribunal condenó al educador a una pena de prisión. Nueve años de cárcel por agresión sexualy un descalificación especial Cuatro años después del ejercicio de los derechos de paternidad, tutela, curatela, tutela o acogimiento.
También fue inhabilitado para ejercer cualquier ocupación o actividad que implique contacto regular o directo con menores de edad durante 14 años, así como para comunicarse y acercarse a la víctima. siete años de libertad condicional y la obligación de indemnizar a la niña. 8.000€ como daño mental.
La Sala de Casación en lo Penal de la Sala Civil y Penal del TSJCV ha confirmado ahora todas estas penas y medidas en sentencia dictada el pasado mes de febrero.
La resolución señaló que la condena del recurrente y la condena del tribunal sentenciador sobre su culpabilidad se basaron en “pruebas suficientes que cumplieron con los requisitos probatorios de la Fiscalía, fueron obtenidas legalmente y siguieron los principios de oralidad, contradicción e inmediatez”.
La Sala consideró que era igualmente correcto aplicar subtipos agravados de delitos de agresión sexual En este caso, en términos de prevalencia, en La situación vulnerable de la víctima y Posición y estatus del cuidador La opinión del acusado sobre ella.
El Tribunal Superior sólo estimó parcialmente el recurso de la defensa para que se incluyeran en la sentencia las costas derivadas de los cargos privados.
Las decisiones de apelación del TSJCV pueden ser recurridas ante el Tribunal Supremo.