La Audiencia Provincial de Madrid condenó a Jaime Enrique MR a pena de prisión permanente revisable por el asesinato de Manuel LB, de 89 años. Cuida a Manuel LB desde 2016 y vive con Manuel LB en el domicilio del acusado en San Martín de Valdeglesias. … . El jurado emitió un veredicto de culpabilidad unánime, que aumentó la pena del acusado teniendo en cuenta la traición de la víctima y su extrema vulnerabilidad debido a su edad y salud.
Además del cargo de asesinato, la sentencia también condenó a Jaime Enrique MR por apropiación indebida persistente, al malversar más de 96.000 euros de la cuenta bancaria del fallecido tras el crimen, y fue condenado a cinco años de prisión, multa e inhabilitación por este delito patrimonial, y Casi 64.000 euros incautados en un registro domiciliario.
Los hechos se produjeron en el verano de 2023, cuando los acusados recogieron a la víctima -un anciano ingresado con bronconeumonía- en el Hospital Universitario de Moncloa. En el camino de regreso a la citada ciudad de Madrid se produjeron discusiones. En este caso, el acusado pretendía acabar con su propia vida aplicando fuertes presiones en el cuello de la víctima y estrangulándola hasta la muerte.
El tribunal consideró el ataque “inesperado y sorprendente”. La víctima tenía 89 años, era delgada y tenía “una movilidad muy limitada. Recientemente había sido dado de alta del hospital y se encontraba en un estado de aparente dependencia”. El jurado consideró que esto demostraba que el ataque fue repentino y se aprovechó de una relación creada tras siete años de convivencia y cuidados, “que privó al anciano de cualquier posibilidad real de defensa”.
Traslado del cadáver a Sotillo de la Adrada
Tras estos incidentes, los imputados trasladaron el cuerpo al domicilio que compartían y lo escondieron en un trastero de la casa. Colocó el cuerpo en un barril de plástico azul, lo cubrió con cal para retardar la descomposición y construyó una estructura de madera similar a una caja para ocultar el contenido. En este momento, el cuerpo ya llevaba más de dos meses allí.
El 19 de septiembre del mismo año, Jaime Enrique MR cargó la caja que contenía el bidón en otro automóvil de su propiedad y se dirigió a una finca del municipio de Sotillo de la Adrada, provincia de Ávila, con la intención de deshacerse del cadáver. Esa noche, la Guardia Nacional lo encontró en la propiedad. El veredicto destaca que cuando fue detenido, el acusado le dijo espontáneamente a un agente que había hecho “algo muy malo” y admitió haber estrangulado al anciano tras una discusión fuera del hospital.
El relato también afirma que después de la muerte de Manuel LB, los acusados realizaron numerosas operaciones bancarias con el fin de obtener ganancias económicas. Entre el 24 de julio y el 28 de agosto de 2023 realizó cuatro transferencias desde una de las cuentas de la víctima a otra de sus propias cuentas, por un importe total de 39.300 euros. Asimismo, entre el 12 de julio y el 15 de septiembre realizó 68 retiradas de efectivo por importe de 56.800 euros, más dos cargos adicionales en otra cuenta por importe de 630 euros. Durante un registro en el domicilio del acusado el 21 de septiembre, se encontraron 63.950 euros en una caja metálica, cantidad que el tribunal vinculó a transacciones bancarias realizadas tras su muerte.
El razonamiento del fallo fue que la alevosía se produce cuando el delincuente utiliza medios o métodos tendientes a asegurar la ejecución del delito, eliminando la posibilidad de que la víctima se defienda. En este caso, “un ataque sorpresa, explotando la confianza generada por años de convivencia, desborda cualquier capacidad de respuesta”. También se añade una forma de traición por impotencia, ya que se trata de personas mayores, frágiles, muy limitadas físicamente y en estado de dependencia. El tribunal sostuvo que “la combinación de sorpresa y vulnerabilidad excepcional aumentaba la ilegalidad y culpabilidad de la conducta”.
La resolución excluye cambios simultáneos en la responsabilidad penal porque: Según informes psiquiátricosel acusado no padecía ningún trastorno mental que afectara su capacidad para comprender la ilegalidad de su conducta o actuar de acuerdo con dicha comprensión.
Contra esta resolución que confirma la pena de prisión permanente revisable de Jaime Enrique MR se interpuso recurso de apelación ante la Audiencia Nacional de Madrid.