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El Tribunal Supremo falló en contra del caso Álvaro García Ortiz Contiene pasajes claves que respaldan la condena: “No existe una explicación alternativa razonable que nos lleve a cuestionar que la filtración ocurrió en la fiscalía general del estado y que el propio fiscal Participa directamente. Entonces la pregunta es si existen otras explicaciones. De lo contrario, será difícil impugnar el fallo.

Esta sentencia no sólo tiene una base jurídica estricta, sino que también se basa en conclusiones lógicas. También plantea un viejo dilema filosófico planteado por Kant: si podemos ir más allá de las apariencias para comprender la esencia de las cosas, es decir, la verdad. En el caso de García Ortiz, No existen pruebas fiables e indiscutibles que demuestren la autoría de la filtraciónpero hay señales sólidas de que la Corte Suprema recurrirá a condenarlo. Decir que esto es como un “guión de Hollywood” es una tontería y sólo demuestra ignorancia o deshonestidad.

era karl popper Propuso la “teoría de la falsabilidad”, que sostiene que sólo las teorías que pueden ser refutadas por la experiencia son científicas o generalmente válidas. En otras palabras, para que sea inválido hay que poder concebir un experimento o hechos que lo refuten. Si no hay supuestos alternativos, se debe aceptar el supuesto. Sir Arthur Conan Doyle, el padre de Sherlock Holmes, lo expresó bien cuando dijo: “Una vez eliminado lo imposible,el resto, sea cual sea la posibilidad, “Esto debe ser cierto”.

Es poco probable que un funcionario de alto rango como García Ortiz sea culpable de filtrar datos clasificados, pero lo hizo porque Toda la evidencia lleva a esta conclusión. Porque no hay otra explicación. Así razonó el Tribunal Supremo, y creo que es correcto. El desacuerdo de los dos jueces estaba bien fundamentado e intelectualmente defendible, pero no presentaron ninguna hipótesis alternativa. Argumentaron que había dudas razonables sobre su culpabilidad, pero no pudieron refutar las pruebas racionales presentadas por los otros cinco jueces. ellos dicen Las cosas podrían haber sucedido de otra manera. Todavía existen dentro de la posibilidad, así como la existencia del multiverso es teórica.

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Veamos las pruebas que llevaron a la mayoría del tribunal a concluir que García Ortiz estaba descalificado. En primer lugar, el fallo asegura que los correos electrónicos entre abogados fueron filtrados por el fiscal general del estado o alguien que actuaba bajo sus órdenes. Alberto González Amador y Fiscal Salto a Miguel Ángel Campos, Los periodistas de la SER las retransmitieron al filo de la medianoche. Fue significativo, determinó la Corte Suprema, que los correos electrónicos fueron enviados por el fiscal Rodríguez a la cuenta personal de García Ortiz a las 10 p.m. y que la SER publicó un resumen de sus contenidos una hora y media después. Unos minutos más tarde, cita textualmente el documento. Es difícil creer que esto sea sólo una simple coincidencia temporal.

La Corte Suprema aclaró que incluso si Campos y otros reporteros obtuvieron información de otras fuentes, García Ortiz debe mantenerla en secreto. También puso el ejemplo de un médico que tiene que evitar confirmar la verdad de que su paciente tiene una enfermedad de transmisión sexual, aunque sea de dominio público. En este sentido, la Corte Suprema no sólo sostuvo que Filtrar correos electrónicos es un delito Y la nota informativa, escrita por el fiscal general del estado y publicada al día siguiente, era Incumplimiento de la obligación de confidencialidad El proceso de negociación con los abogados del novio de Ayuso, González Amador.

Decir que esto es como un “guión de Hollywood” es una tontería y sólo demuestra ignorancia o deshonestidad.

“El fiscal general no puede responder a noticias falsas cometiendo un delito”, señala el fallo, señalando que hubo una “sobrefunción”. El fallo concluyó: “Informar a la opinión pública no es una cuestión de participar en una controversia mediática, sino una presunción de sacrificar el derecho de asistir a quienes expresan al fiscal un deseo de consenso”.

Otro elemento importante del fallo es que la Corte Suprema denegar Por supuesto Los correos electrónicos filtrados fueron ubicados en el servidor de la fiscalía. Cientos de personas tuvieron acceso al expediente, lo que permite suponer que alguno de ellos fue el responsable de la filtración.

Los correos electrónicos del abogado fueron enviados a su cuenta personal, lo que indica que García Ortiz no tenía acceso a ellos, según el fallo. En ese sentido, la Corte Suprema rechazó la teoría de que cientos de fiscales y funcionarios pudieran haber conocido los correos electrónicos. Tales acusaciones son infundadas y, de ser ciertas, expondrían graves vulnerabilidades de seguridad en la agencia. La sentencia recuerda que la Fiscalía cuenta con una organización interna y una normativa en materia de protección de datos que debe garantizar que sólo los fiscales interesados ​​tengan acceso a estos documentos confidenciales.

“Lo cierto es que la única prueba, el testimonio del fiscal Salto, no demuestra que finalmente todos los agentes tuvieran conocimiento de los documentos que se tramitaban y se declarara fundamentada la denuncia”. En otras palabras, es poco probable, si no imposible, que la filtración haya sido realizada por alguien que no estuvo involucrado en el caso o que no fuera el propio García Ortiz.

Borrar teléfono móvil con “conciencia”

Respecto al tema del borrado del teléfono, la Corte Suprema enfatizó que García Ortiz comenzó a borrar los mensajes del teléfono el 16 de octubre de 2024, un día después de que el tribunal emitiera la orden de acusación. «Se realizó una doble limpieza completa. “Es una coincidencia increíble elegir un día tan único”. No hay otra explicación que la “destrucción estratégica de toda información que pueda comprometerlo”. La pregunta es de sentido común: si fuera inocente, ¿por qué destruiría las pruebas que demostraban que no era responsable de la filtración?

Algunos juristas recuerdan las palabras del Digesto de Justiniano: “Negativa non sunt probanda”, que equivale a enfático Lo que no existe no se puede discutir ni oponerse.. Según el Tribunal Supremo, el borrado sistemático, la sustitución de dispositivos y la destrucción de tarjetas SIM eran factores reconocidos que García Ortiz esperaba eliminarían la culpabilidad del entrenador. No son suficientes para respaldar una condena, pero refuerzan la suposición de que el fiscal general es culpable de la filtración.

Por otro lado, la Corte Suprema sí sostuvo que las conversaciones telefónicas entre fiscales eran una prueba incriminatoria clara. Almudena La Stella y García Ortiz. La Stella protestó por las filtraciones y el fiscal general respondió: “Ya no importa”. El fallo reprodujo mensajes en los que García Ortiz aseguraba a La Stella que “las notas hay que ganarlas”, que “nos hacen quedar como mentirosos” y que “nos van a ganar”. Finalmente, García Ortiz ordenó la entrega de los expedientes a la fiscalía provincial luego de que La Stella se negara a entregarlos. Como ABC puede revelar en exclusiva, también Juan Lobato, líder socialistaTuvo recelos similares después de que Ramón Cloya le instara a utilizar la información filtrada.

Según consta en el fallo, García Ortiz estuvo tan involucrado en el asunto que decidió sacar al fiscal Salto de un partido de fútbol, ​​y su jefe instó a Sarto a enviar correos electrónicos para mantener informado a García Ortiz. ¿Harías esto si González Amador no fuera novio de Ayuso? La pregunta en sí tiene una respuesta.

La Corte Suprema también sostuvo que García Ortiz ejerció un legítimo derecho a la defensa al no responder a los cargos, pero señaló que sus tácticas socavaron “los principios contradictorios fundamentales que sustentan el derecho penal”. Dice: “Cuando a un acusado se le impide dar testimonio bajo los requisitos de la doctrina de la contradicción, el valor probatorio de sus respuestas se ve comprensiblemente comprometido”.

Eligió un día muy aleatorio para borrar su teléfono: el 16 de octubre de 2024, el día después de que el tribunal emitiera la orden de acusación.

Ante la certeza de un recurso de apelación contra la condena ante el Tribunal Constitucional, el fallo rechaza la noción de violación de derechos, falta de garantías en el procedimiento, pérdida de imparcialidad y violación del principio de igualdad. En casi cien páginas de texto, los cinco jueces lucharon por tapar cualquier laguna que permitiera al Tribunal Constitucional revocar el fallo.

Un supuesto en la lógica clásica es: “Tertium non datur”. alguien Es una cosa o la otra, pero no hay una tercera opción.. Eso es lo que pasó en este caso: García Ortiz filtró los correos electrónicos, o no los filtró. Pero los dos supuestos no tienen el mismo peso. La probabilidad de que sea culpable es mucho mayor que la probabilidad de que sea inocente y explica mejor lo sucedido. La autoría de la nota fue suficiente para condenarlo porque admitió su responsabilidad. Pero también es cierto que en Sin “pistola humeante”la posibilidad de que estuviera implicado en la filtración de información a periodistas de la SER no es al 100%. Como casi nunca ocurre en los procesos penales, no podemos inferir que la sentencia fue arbitraria.

La sentencia del Tribunal Supremo está bien fundada, la conclusión es lógica y no hay escapatorias. Eso no significa que sea indiscutible, pero sí significa que quien expresa una opinión disidente debe apelar a argumentos legales y fácticos para refutar sus conclusiones. En otras palabras, hay que proponer una hipótesis alternativa con hechos que vayan más allá de la inverosimilitud “in dubio pro reo” y que no estén respaldados por evidencia objetiva. Cicerón dijo que la justicia no exige recompensa.. Los jueces sabían muy bien que no sólo no recibirían ninguna recompensa por este fallo, sino que serían vilipendiados por quienes ya habían pronunciado el veredicto antes del juicio.

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