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24 de abril de 2026 05:30 am

En España, cualquier persona que contrate a una empleada del hogar (ya sea para hacer tareas domésticas o cuidar a los niños) debe tenerla dada de alta en la Administración de la Seguridad Social. Asimismo, desde hace varios meses es obligatoria la evaluación de los riesgos laborales de la persona.

Reclutamiento de estas personas trabajadora domestica Diseñar para cuidar a un menor o a una persona discapacitada también supone un esfuerzo económico para la familia. Por ello, la Comunidad Autónoma de Madrid presta asistencia a las personas que tienen trabajadores ocupados en sus hogares. El plazo para solicitar esta ayuda en 2026 sigue abierto, aunque dentro de unos días dejará de tener vigencia, tal y como muestra la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de Madrid.

La iniciativa cuenta con el apoyo del acuerdo gubernamental del 24 de mayo de 2023, que aprueba normas regulatorias y establece procedimientos para proporcionar subsidios directamente de los planes de incentivos a los trabajadores domésticos empleados. Conciliación de la vida familiar y laboral Y recógelo en BOCM.

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¿Quién puede optar a estas ayudas?

Según la convocatoria de la Comunidad de Madrid, “tendrán derecho a subvenciones los trabajadores empleados en servicios domésticos residenciales para establecer una relación laboral especial, cuya finalidad principal sea satisfacer las necesidades de enfermería o cuidados de algunas personas que convivan con el propietario de la vivienda doméstica”.

De esta forma, se especifican como destinatarios aquellos que han Niños menores de 12 años o una persona con discapacidad menor de 18 años. También pueden optar las familias que tengan otros parientes consanguíneos de segundo grado o dependientes dentro de la relación de consanguinidad, cuya discapacidad sea igual o superior al 50%, o que se encuentren en situación de dependencia.

Requisitos para obtener asistencia

  • Residencia y empadronamiento válidos en el mismo domicilio que el hijo o familiar empleado como trabajador del hogar en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Madrid

  • Si un empleado doméstico trabaja para cuidar de un hijo con discapacidad menor de 12 años o menor de 18 años, el progenitor deberá realizar una actividad remunerada como trabajador por cuenta propia o a tiempo completo durante el período de calificación, excepto en los casos de discapacidad, familias extensas o familias monoparentales.

  • Si un trabajador doméstico es contratado para cuidar de otro familiar que tenga una discapacidad igual o superior al 50% o que se encuentre en estado de dependencia, se aplicarán las mismas normas que para los menores.

  • Durante el período de calificación, ningún progenitor con quien resida el menor podrá disfrutar de la licencia de custodia por maternidad, paternidad, adopción o tutela con fines de adopción o acogimiento.

  • Los propietarios de la vivienda familiar y los cónyuges no separados o parejas de hecho no podrán ausentarse del trabajo ni reducir su jornada para el cuidado de hijos o familiares.

  • El requisito de actividad remunerada por parte de uno de los padres, cónyuge o pareja de hecho no se exige en los casos de muerte comprobada, separación, divorcio, nulidad o cancelación de registro.

  • Las cotizaciones a la Seguridad Social que no cumplan los requisitos de los apartados anteriores para las cuotas mensuales no se incluirán en el cálculo del importe del subsidio.

  • No existen circunstancias que impidan la recepción de subvenciones.

  • El propietario de la vivienda deberá cumplir puntualmente con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y, en el caso de ser profesional colegiado, realizar oportunamente las aportaciones a la mutua profesional y no contraer deuda alguna con la Comunidad Autónoma de Madrid.

  • La renta per cápita de la unidad familiar no puede ser igual o superior al límite de 30.000 euros

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En cuanto a la persona que se encuentra empleada, la relación formalmente establecida debe tener el carácter especial de servicio a domicilio familiar, debe constar por escrito, debe estar registrada y el trabajo debe realizarse en el domicilio del beneficiario.

Su propósito principal debe ser brindar cuidado o cuidado dentro de los límites domésticos de un niño o miembro de la familia que vive y está bajo el cuidado o responsabilidad directa del dueño del hogar familiar.

Monto del subsidio

Hay que tener en cuenta que el período de calificación se refiere a contratos que ya han sido celebrados. Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025es decir, empleados contratados el año anterior.

El beneficiario deberá acreditar que ha continuado en el empleo por un período mínimo y que la relación laboral y el alta en la seguridad social se han mantenido durante al menos 58 días naturales. De nuevo, se dispone de una u otra cantidad, en función de los ingresos de la familia, hasta 4.000 €.

El importe de esta ayuda recibida

  • Renta per cápita inferior a 20.000 euros: 100%

  • 20.000€ a 29.999€: 60%

  • A partir de 30.000€: no recibirán subvenciones

  • Para las familias monoparentales se aplicará el porcentaje del 100% independientemente del nivel de renta per cápita de la familia, siempre que no sea igual o superior a 30.000 euros.

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Cómo pedir ayuda a la comunidad de Madrid

Plazo de solicitud de subvención para la contratación de empleadas del hogar para el cuidado de personas en el hogar en 2025 Abierto hasta el 30 de abril de 2026. Quienes califican se encuentran ahora en las etapas finales de solicitud de estas ayudas.

El trámite se podrá realizar a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid. El sistema requerirá una variedad de documentos para examinar la viabilidad de brindar asistencia, como apéndices al contrato de trabajo del empleado, formularios para miembros de la familia, formularios para el otorgamiento de representación y otros documentos que acrediten la discapacidad u otras condiciones, etc.

El plazo máximo es El plazo de resolución es de cuatro meses.aunque los solicitantes pueden consultar su situación en la misma sede de la Comunidad Autónoma de Madrid. Además, si la decisión es desfavorable se puede interponer recurso de apelación.

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