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Según la ley de aplicación, los vehículos de movilidad personal (PMV), incluidos los scooters, ya no necesitarán adquirir un seguro obligatorio a partir del 2 de enero de este año, ya que el registro donde deben inscribirse aún no está regulado ni operativo.

La Dirección General de Transportes (DGT) informó el pasado martes de que si bien el real decreto que regula la matriculación de VPM se está tramitando con urgencia, es poco probable que se apruebe antes del 2 de enero. Por tanto, las obligaciones previas de aseguramiento de estos vehículos no serán de aplicación mientras se tramite la normativa de matriculación y hasta que el registro esté reglamentado y operativo.

Sin embargo, los VPM que pesen más de 25 kilogramos y circulen a velocidades superiores a 14 kilómetros por hora deberán estar asegurados sin inscripción en estos registros de vehículos hasta el 26 de enero.

El Banco de Inglaterra emitió a finales de julio una ley que establece el seguro obligatorio para los vehículos de motor personales, especificando el 2 de enero como fecha de entrada en vigor. Además, para entonces el gobierno debería lanzar un registro público de dichos vehículos. El pasado 19 de diciembre finalizó el plazo de información pública del proyecto de Reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil para VPM elaborado por el Ministerio de Economía, mientras que el pasado 16 de diciembre finalizó el plazo de información pública del proyecto de Reglamento elaborado por el Ministerio del Interior por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos para establecer un registro.

Para contratar el seguro obligatorio VPM, el vehículo deberá estar matriculado en la oficina de registro de la Jefatura Central de Tráfico y contar con una placa de identificación con la matrícula o matrícula especificada (si corresponde). De momento, no está claro el plazo para el registro de los VPM, más conocidos por los patinetes eléctricos, de los que puede haber entre 50 y 1 millón en España.

Aunque el seguro obligatorio aún no ha entrado en vigor, la Ley 5/2025, aprobada el pasado mes de julio, modificó la Ley de Responsabilidad Civil y Seguros en la Circulación de Vehículos a Motor para establecer que el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) sea el garante de los accidentes con lesiones personales causados ​​por vehículos no asegurados, aunque excluidos los materiales.

La ley contempla sanciones para los vehículos personales ligeros que circulen sin seguro obligatorio y, en caso de ser necesario, las multas podrían oscilar entre los 200 y los 1.000 euros.

Antes de la nueva normativa, el seguro de patinetes eléctricos era voluntario, y las compañías más importantes llevan mucho tiempo asegurando estos vehículos, aunque ahora deben plantearse si hay que adaptar estos vehículos a la normativa regulatoria, o también desarrollar una normativa específica con requisitos de obligado cumplimiento, como capital mínimo y tipos de vehículos a asegurar.

Según la Fundación Mapfre, en 2024 se produjeron 396 accidentes con vehículos de movilidad personal (VMP), un 23% más que en 2023, con 240 personas heridas y 14 víctimas mortales (13 usuarios de VMP y un motociclista fallecieron en accidentes con VMP).

El seguro obligatorio brindará protección de responsabilidad civil por accidentes causados ​​por VMP. Independientemente del número de víctimas, el monto de la indemnización por cada lesión personal es de 6,45 millones de dólares estadounidenses; Según la ley, el importe de la indemnización por cada daño a la propiedad es de 1,3 millones de dólares estadounidenses.

El seguro obligatorio no cubre las explosiones o combustión espontánea que puedan producirse cuando un vehículo se almacena o transporta como objeto o mercancía, o cuando se estaciona en un inmueble fuera de una plaza de aparcamiento.

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