El Tribunal Supremo ha admitido el recurso interpuesto por la Junta de Castilla y León contra el Real Decreto de 14 de abril de 2026 sobre regularización de inmigrantes, por el que se modifica el reglamento de la Ley Orgánica de Inmigración. … Cuatro días después de finalizar el plazo del trámite, y tras conocer que cerca de 40.000 personas habían presentado formalmente sus solicitudes (a la espera de verificación para comprobar si cumplen todos los requisitos), la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León anunció a través de una nota que el Tribunal Superior de Justicia había admitido el pasado 22 de junio el recurso interpuesto por sus Servicios Jurídicos el 5 de junio. León.
En su recurso, la Comisión cuestiona en primer lugar el “carácter agravado del proceso de regularización irregular” previsto en el real decreto. La administración de Castilla y León destacó que consideró “cifras sin precedentes en la historia de España”, “tanto en escala como en alcance”, en su consideración de normalización y revisión, y aunque se esperaban unos 500.000 beneficiarios en todo el país, las cifras difundidas por el Ministerio de Inclusión fuera de plazo elevaban el número de beneficiarios hasta casi 1,1 millones. “Esto demuestra la magnitud sin precedentes de la medida, pero no hay constancia de que se haya analizado o confirmado su impacto natural”, ha acusado el Gobierno de Castilla y León.
Criticó también que “rompe” los estándares de otros procesos extraordinarios de formalización hasta la fecha, en los que se ha vinculado a la residencia válida y el arraigo en el país, así como a la actividad laboral válida. “Las nuevas regulaciones eliminan estos requisitos y cambian significativamente los principios de dichos procedimientos”, dijo la Comisión en el recurso ahora reconocido. Además de cuestionar que la normativa “representa una flexibilidad sin precedentes” y “frente al rigor documental previo”, esto “reduce significativamente la forma de demostrar los vínculos con España y las garantías de cumplimiento de los requisitos exigidos”.
La Comisión sostuvo que “esto se refleja, entre otras cosas, en la extraordinaria flexibilidad del sistema de certificación de antecedentes penales, permitiendo tramitar solicitudes cuando la administración inicialmente no dispone de documentación acreditativa actualizada, mientras que tradicionalmente la aportación previa de documentación acreditativa actualizada ha sido un requisito para su revisión”.
También acusó a las comunidades autónomas responsables de la prestación de servicios públicos como la sanidad, la educación o los servicios sociales de “no participar en el diseño” de decisiones que, según dijo, “podrían ejercer una enorme presión sobre la capacidad asistencial y organizativa de los servicios antes mencionados”.
Asimismo, la Comisión conoció que el Real Decreto recurrido “es incompatible con el marco de compromisos asumidos por los Estados miembros de la UE en materia de control de fronteras y política migratoria, que tiene como objetivo garantizar la gestión ordenada de los flujos migratorios y evitar procesos de formalización que puedan tener un efecto de apelación masiva”.
“Confiamos en que el Tribunal Supremo, tras analizar el fondo del asunto y los argumentos que se esgrimirán durante el recurso, estime la impugnación planteada y declare inválido el real decreto en la cláusula de ratificación”, ha afirmado González Gago.