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El fallo de la Corte Suprema contra el fiscal general del estado, Álvaro García Ortiz, es sólo media victoria para el empresario Alberto González Amador, quien no logró que un magistrado reconociera que se vulneraron sus derechos de defensa en un proceso en el que se le acusaba de posible defraudación fiscal. De hecho, la resolución elimina la posibilidad de pedir el archivo de las dos causas que pesan contra él, situación que han abordado fuentes judiciales conocedoras de la estrategia de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso y su esposa.

El magistrado se refirió a la profesionalidad de los jueces implicados en los dos procedimientos, uno de los cuales ya está cerca del tribunal por un presunto fraude fiscal de 350.910 euros y el otro que aún está bajo investigación por un presunto soborno comercial de 500.000 euros. “Hay que suponer que serán plenamente conscientes de la imposibilidad de utilizar como prueba en el proceso información tan difundida indebidamente”, afirmó el Tribunal Supremo en sentencias de los jueces que conocen de ambos casos.

Amador afirmó en la acusación que su derecho a la defensa estaba “irreparablemente e irreversiblemente” comprometido. El juez del Tribunal Supremo respondió que había utilizado “connotaciones ciertamente exageradas hasta el extremo, aunque comprensibles en el contexto de su supuesta posición e intereses”.

El texto de la sentencia de la Fiscalía General de la Nación también apunta indirectamente a la línea de defensa política utilizada hasta el momento por la presidenta Ayuso. Se refirió al resentimiento que Amador dijo sufrir cuando se publicó su presunto fraude fiscal en los medios, donde calificó a su pareja como un “ciudadano particular”. El magistrado de la Corte Suprema respondió: “No se trata de un ciudadano anónimo en el sentido estricto de la palabra, sino de un hombre que es notorio, incluso contra su voluntad”.

En escritos ante el Tribunal Supremo y ante el tribunal de instrucción que lo investiga, Amador describió el daño a sus derechos causado por la filtración de un correo electrónico en el que se declaraba culpable de recibir una pena reducida en un caso de fraude fiscal. Amador dijo en concreto que derechos fundamentales como la privacidad, la protección de datos, la presunción de inocencia y el derecho a la defensa judicial se vieron afectados “en un grado nunca visto en nuestro sistema de justicia”.

El Tribunal Supremo dedicó más de dos páginas a la cuestión de la posible nulidad del proceso contra Amador, valorando lo siguiente: “Es precipitado e infundado dar la impresión de que los jueces llamados a resolver esta causa penal no podrán hacerlo con profesionalismo y articulación jurídica de las presunciones alegadas, si las hubiere. Hay que suponer que serán plenamente conscientes de la imposibilidad de utilizar como prueba en el proceso esta información mal difundida”. Por tanto, aceptarán cualquier intento directo o indirecto de introducirlo como elemento de prueba. ”

El magistrado añadió que si se encuentra con un juez que no sigue este procedimiento, Amador podrá recurrir su decisión: “Si el procedimiento no respeta las normas de un juicio justo, deberá informar allí. Es en este ámbito, con el asesoramiento de sus abogados, donde podrá desplegarse y reclamar contra cualquier indicio de afectación a cualquier pilar de la arquitectura del juicio justo”.

De las dos causas contra Amador, una de ellas por fraude fiscal ha concluido su fase de instrucción y está a la espera de decisión del juzgado que le juzgó, mientras que la otra por presuntos delitos mercantiles sigue siendo investigada en el Juzgado 19 de Madrid y a la espera de informe de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil.

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