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En Navarra ya se han puesto en marcha las actividades de ingresos correspondientes al ejercicio 2025. En este caso, el período no va del 8 de abril al 30 de junio, sino del 9 de abril al 25 de junio de 2026, que es la fecha fijada por la Hacienda provincial para este evento.

Navarra, al igual que el País Vasco, tiene su propio sistema fiscal. Esto significa que la declaración no está sujeta exactamente a las mismas normas que el resto de España y las restricciones y condiciones deben consultarse en la normativa autonómica.

¿Cuál es el importe mínimo necesario para presentar la declaración del IRPF en Navarra?

Aunque Navarra aprobó a finales de 2025 un cambio normativo que aumentó el umbral de renta laboral hasta los 17.000€, el Decreto Foral núm. 24/2026 que regula explícitamente las actividades en 2025 mantiene este límite declarado de 14.500€. Entonces, para los ingresos que se presentan ahora, esa sigue siendo la barra que debe usarse como referencia.

En consecuencia, quienes obtengan ingresos únicamente de plusvalías o ganancias de capital no estarán sujetos a retención en origen, siempre que estos ingresos no superen los 1.600 euros al año.

Para los pensionistas, sus ingresos suelen coincidir con el salario que tienen derecho: si superan el límite fijado por la región, deben presentar una declaración. Sin embargo, existen algunas excepciones importantes, como las pensiones de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, que pueden estar exentas. Esto también ocurre en algunos casos muy concretos, como algunas indemnizaciones a las víctimas del terrorismo o la declaración de inmunidad para determinados premios.

Y atención al Ingreso Mínimo Vital (IMV). Incluso si los ingresos están libres de impuestos, quien los recibe debe presentar una declaración sin importar cuánto gane o si trabaja.

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