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Tenga cuidado con las personas que dicen tener muchos principios; solicitarán uno diferente cada vez. Lo mismo ocurre con los procesos penales: bastarán unos pocos principios básicos y son coherentes con una disposición de la Constitución, por lo que hay que tener cuidado con los procedimientos en los que se aplican normas especiales. El proceso es una garantía, y la alteración de sus normas a menudo subvierte su esencia; tanto es así que en ocasiones desaparece, convirtiéndose en una serie de actos dolorosos antes de que se pronuncie una sentencia.

Ya tenemos aquí el juicio de Ábalos, Cordo y Aldama. Se llama Juicio de las Máscaras porque, de hecho, el origen de las acusaciones gira en torno a un contrato público firmado durante la pandemia para el suministro de máscaras. Según los cargos, varios empresarios pagaron a Codo y Ábalos para alentar a las agencias del DOT a comprar los materiales. La historia ofrece elementos inquietantes, como el omnipresente Cordo arrastrando su perfil Lombrosía Pero la forma en que fue redactado es confusa y ofrece algunas debilidades: parece inferirse que los empresarios pagaron sobornos para obtener información privilegiada para poder hacer mejores ofertas, pero no les pagaron para obtener los contratos. Coherente con este argumento, la Fiscalía no considera corruptos estos fallos: no hay daño al patrimonio público. Aldama ganó más de tres millones y medio de euros con estos contratos sin tener que devolver esta cantidad a la entidad contratante. Como si eso no fuera suficiente, los fiscales no encontraron pagos de soborno, que sólo aparecieron en fragmentos; No está claro cuánto se le pagó a la extraña pareja por ayudar con el reclutamiento.

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