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El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado cambios en la Ordenanza de Transporte Sostenible, que regula las zonas de bajas emisiones.

La prohibición se ampliará a lo largo de 2025 para que puedan circular por la ciudad los vehículos sin etiqueta ambiental cuyos propietarios estén matriculados en Madrid o registrados en el IVTM.

Las zonas de bajas emisiones especialmente protegidas, Zona Central y Plaza Elíptica mantienen sus restricciones y excepciones de circulación.

El Ayuntamiento de Madrid aprobó inicialmente este jueves en una comisión de gobierno los cambios en la Ordenanza de Transporte Sostenible, que regula, entre otras cosas, la zona de bajas emisiones, explica Borja Carabante, representante de Urbanismo, Medio Ambiente y Transporte.

El nuevo texto consolida las zonas de bajas emisiones previstas por la normativa vigente (las que protegen específicamente el Distrito Centro y la Plaza Elíptica), conservando las limitaciones y excepciones a la circulación por ella previstas.

Se prorroga así la moratoria un año más, permitiendo que los vehículos sin etiqueta ambiental cuyos propietarios estén empadronados en la capital o inscritos en el Impuesto sobre Vehículos de Tractor Mecánico (IVTM) puedan seguir circulando por el término municipal (ZBE de Madrid) hasta el 31 de diciembre de 2026.

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