Yakarta, CNN Indonesia —
La Comisión Nacional de Aceleración de la Reforma de la Policía tomará una decisión Tribunal Constitucional (MK) que confirmó a los miembros policia nacional Sólo puede ocupar cargos fuera de la policía después de renunciar o jubilarse como insumo para la reforma de la institución de la Policía Nacional.
La decisión del Tribunal Constitucional figura en el caso número: 114/PUU-XXIII/2025, que fue solicitado por Syamsul Jahidin (estudiante/abogado) y Christian Adrianus Sihite (estudiante), pronunciado en una audiencia abierta al público hoy.
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“Esto, por supuesto, más tarde se convertirá en un aporte para la Comisión para la Aceleración de la Reforma Policial. Se suponía que hoy asistiría a una reunión en el PTIK, pero debido a que también hubo esta reunión (discusión sobre amnistía, abolición y rehabilitación), el Sr. Otto Hasibuan (Viceministro Coordinador), que también es miembro del comité, asistió allí”, dijo el Ministro Coordinador de Derecho, Derechos Humanos, Inmigración y Penitenciaría, Yusril Ihza Mahendra, que también es miembro de la Comisión para la Aceleración de la reforma policial en su oficina, Yakarta, jueves (13/11).
Yusril agregó que la Comisión Nacional de Aceleración de la Reforma de la Policía también discutirá las condiciones en las que varios agentes de policía activos de alto rango ocupan actualmente cargos civiles.
“Después de que haya una decisión del Tribunal Constitucional, por supuesto debe ir seguida de cambios en las normas legales y luego, por supuesto, también hay una transición en cuanto a cómo serán aquellos que ya ocupan cargos en ministerios o instituciones. Más adelante discutiremos ese tema”, dijo Yusril.
Anteriormente, el Tribunal Constitucional enfatizó que el Jefe de Policía de Indonesia (Kapolri) no podía asignar policías activos para ocupar puestos civiles.
El Tribunal Constitucional afirmó que si un policía quiere ocupar un cargo civil, debe renunciar o retirarse de su cargo.
En este caso, el Tribunal Constitucional aceptó la petición completa en el caso número: 114/PUU-XXIII/2025 que fue solicitada por Syamsul Jahidin (estudiante/abogado) y Christian Adrianus Sihite (estudiante) quienes probaron la constitucionalidad de las normas del Artículo 28 párrafo (3) y la Explicación del Artículo 28 párrafo (3) de la Ley 2/2002 sobre la Policía (UU Polri).
El párrafo 3) del artículo 28 dice: Los miembros de la Policía Nacional de Indonesia pueden ocupar cargos fuera de la policía después de renunciar o retirarse del servicio de policía.
Mientras tanto, la aclaración del párrafo 3) del artículo 28 establece que “lo que se entiende por ‘puestos fuera de la policía’ son puestos que no están relacionados con la policía o no se basan en una asignación del Jefe de la Policía Nacional”.
“Esencialmente, estas dos disposiciones subrayan una cosa importante: que los miembros de la Policía Nacional sólo pueden ocupar cargos fuera de la policía después de dimitir o retirarse del servicio policial”, afirmó el juez constitucional Ridwan Mansyur.
“Esto significa que, si se entiende e interpreta adecuada y correctamente, ‘renunciar o retirarse del servicio policial’ es un requisito que deben cumplir los miembros de la Policía Nacional para ocupar cargos ajenos a la policía”, continuó.
Hay diferentes razones o opinión concurrente del juez constitucional Arsul Sani, quien esencialmente opinó que la frase “o no basado en una asignación del Jefe de la Policía Nacional” en la explicación del artículo 28, párrafo 3 de la Ley 2/2002, tiene el potencial de abrir un espacio de interpretación que puede ampliar las normas de los puestos fuera de la policía sin límites claros, de modo que la petición de los peticionarios tenga fundamentos legales para ser aceptada.
Mientras tanto, los jueces constitucionales Daniel Yusmic P. Foekh y M. Guntur Hamzah tuvieron una opinión diferente o disidente que básicamente afirmó que durante todo el examen la frase “no basado en una misión del Jefe de la Policía Nacional”, como en la explicación del artículo 28, apartado 3 de la Ley 2/2002, no es una cuestión de constitucionalidad de las normas, sino más bien una cuestión de implementación de las mismas. Por lo tanto, la petición de los peticionarios debe rechazarse porque no tiene fundamento legal.
En su petición, los peticionarios adjuntaron una lista de varios policías activos que ocupaban cargos fuera de la agencia o que no tenían conexión con la institución de la Policía Nacional.
Entre ellos se encuentran el presidente de la Comisión para la Erradicación de la Corrupción (KPK), el comisionado general Pol Setyo Budiyanto; el comisario general de policía, Rudy Heriyanto Adi Nugroho, como secretario general del Ministerio de Asuntos Marítimos y Pesca (KKP); Komjen Pol Panca Putra Simanjuntak, que trabaja en el Instituto de Defensa Nacional (Lemhanas).
Aparte de eso, también está el Comisario General de Policía Nico Afinta como Secretario General del Ministro de Derecho y Derechos Humanos; el Comisario General Pol Marthinus Hukom como Jefe de la Agencia Nacional de Estupefacientes (BNN); Komjen Pol Albertus Rachmad Wibowo como director de BSSN.
Luego Komjen Pol Eddy Hartono como Jefe de la Agencia Nacional Antiterrorista (BNPT) y el Inspector General Pol Mohammad Iqbal se desempeñó como Inspector General del Consejo Representativo Regional de Indonesia (DPD).
Los peticionarios consideran que los policías en activo que ocupan cargos civiles sin renunciar ni jubilarse son contrarios al principio de neutralidad del aparato estatal y reducen la calidad de la democracia y la meritocracia en los servicios públicos.
(fra/ryn/fra)
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