El juez Dana consideró “incomprensible” la estrategia defensiva de la ex ministra Salomé Pradas y del Partido Popular ante la emergencia del 29 de octubre de 2024, un día trágico en el que murieron 230 personas, y el llamado “apagón informativo” gubernamental. Así quedó demostrado en un auto emitido este miércoles, en el que un magistrado desestimó las actuaciones solicitadas en el caso por una alegación concreta relacionada con el seguimiento de los caudales del cañón por parte de agentes del Consorcio Hidrológico del Júkal (CHJ).
La resolución detalló que 50 personas fueron encontradas en áreas que abarcan partes de cinco regiones autónomas y ocho provincias, así como regiones, divisiones, departamentos y subdepartamentos. Por ello, el juez de instrucción cuestionó la “declaración exclusiva” de los agentes de la agencia estatal. El magistrado recordó que se trataba de “uno de los recursos personales que controlaban el cañón”, aunque “no es el mayor en número, ni el prioritario”.
El auto señala que la diligencia debida propuesta por la acusación particular “nos proporcionará una versión abreviada de las circunstancias bajo control”.
La resolución señala, en referencia a la exdiputada Salomé Pradas y al exsecretario de emergencia regional Emilio Argüeso, que “la adhesión a las demandas del partido, a través de un único medio, proporciona sólo una visión parcial de la situación, se centra en un punto y demuestra un desconocimiento de la obligación de realizar una vigilancia integral por parte de las autoridades responsables de la protección civil, que son las únicas con la condición de investigadas en este procedimiento, por ser garantes”.
El juez recordó que, como se muestra en el vídeo incluido en el proceso, Pradas tomó notas durante una visita al centro de emergencias el mediodía del 29 de octubre, en la que se “realizó” un seguimiento in situ del caudal de agua en el Cañón del Poyo con equipos de la Federación Provincial de Bomberos.
“Ella”, dijo de Pradas, “tomó notas mencionando específicamente el Cañón de Poyo y los bomberos forestales”.
Las solicitudes de procesamiento privado – “de manera igualitaria” – deberían “extenderse a todo tipo de agentes múltiples que estén desplegados o que deban ser desplegados en el campo, dados los amplios recursos personales disponibles para el departamento de emergencias”, dirigió Pradas al departamento.
El juez sostuvo que “los esfuerzos para controlar una situación de riesgo no pueden limitarse a los momentos iniciales o al control parcial de los recursos”.
En cambio, “se requiere un control continuo, que requiere informes y comunicación o al menos informes y comunicación con suficiente frecuencia y rondas de monitoreo como se especifica en el plan (especialmente para el riesgo de inundaciones)”. Por eso se le llama centro de coordinación de emergencias. El coche se deslizó sarcásticamente.
“Las situaciones de emergencia deben coordinarse”
El conferenciante cuestionó el comportamiento de la ex diputada Salomé Pradas: “Las situaciones de emergencia deben coordinarse y esto sólo se puede lograr si los responsables tienen un control continuo de los recursos”.
El juez también se refirió a un “montón de llamadas al 112” donde se retransmite información “en directo” por televisión de desbordes o información “facilitada por la CHJ”, como correos electrónicos de aviso automatizados del Sistema Automatizado de Información Hidrológica (SAIH).
Como resume la orden, los instructores encontraron que “la supuesta falta de comprensión del riesgo inminente y grave para la seguridad personal que podría representar la inundación del cañón era incomprensible y no utilizaron plenamente los diversos recursos personales disponibles”.
Esta “llamada ignorancia” es la estrategia de defensa de Pradas y el PP.